La Cámara de Representantes aprobó el artículo 13 del proyecto de reforma laboral, que modifica los horarios de las jornadas diurnas y nocturnas en Colombia.
Según la nueva disposición, el trabajo nocturno iniciará a las 7:00 p.m., en lugar de las 9:00 p.m., como establecía previamente el Código Sustantivo del Trabajo; la jornada diurna, por su parte, comenzará desde las 6:00 a.m. hasta las 7:00 p.m.
La ministra de Trabajo, Gloria Ramírez, destacó que esta modificación beneficiará a 1,38 millones de trabajadores que realizan jornadas nocturnas, representando el 1% de la fuerza laboral. Ramírez calificó esta medida como un acto de “justicia laboral” para quienes trabajan en ese horario.
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La reforma ha generado preocupación en sectores como el hotelero y de gastrobares, que anticipan un incremento en los costos laborales debido a los recargos nocturnos. No obstante, la entrada en vigencia de la norma será seis meses después de su eventual promulgación, otorgando tiempo a los empresarios para adaptarse.
Además del artículo 13, la Cámara avanzó en la aprobación de otros 33 artículos de la reforma. Entre ellos, destacan medidas para la promoción del empleo digno, decente, y para la transición hacia empleos verdes y azules; también se incluyeron disposiciones sobre teletrabajo, asegurando garantías laborales y sindicales para quienes ejercen este tipo de modalidad.
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